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Writer's pictureJosé Miguel Flavián Erlac

El Árbitro de la Cadena Alimentaria nos cuenta como se prepara para afrontar el gran reto.

La reunión anual del Farmers Club este año contaba con el aliciente de la participación de Christine Tacon, la persona encargada de liderar la oficina del Árbitro de la Cadena en el Reino Unido (Groceries Code Adjudicator), un puesto de nueva creación, y que ha levantado muchas expectativas. Naturalmente, dada la naturaleza de los socios del club, querían oir cómo iba a atajar las prácticas abusivas de algunos retailers.

Ya les habíamos avanzado algunas de las cuestiones sobre las que tiene que trabajar el árbitro, pero en su exposición, además de aclararse muchas de ellas, nos dio a conocer sus impresiones tras llevar unas semanas en el cargo.

Primero, las actuaciones del árbitro se regulan por una ley, la Groceries Code Adjudicator Act 2013 firmada por la reina el pasado mes de abril. Desde el principio quedó claro que iba a afectar a los supermercados que pasaran de un cierto umbral de facturación, que además deben aportar fondos para pagar los gastos de la oficina del árbitro.

Aquí aparece la primera controversia de la ley. Se fijan en los supermercados que facturen más de 1.000 millones anuales de libras esterlinas, los Tescos, Sainsbury’s, etc, dejando de lado otros agentes con mucha importancia en la cadena de suministro con altos niveles de facturación, como por ejemplo las cadenas de farmacias (Boots o Superdrug) que venden productos de belleza, higiene y droguería, o los grandes mataderos del país, y que además no siempre las relaciones que tienen con los ganaderos son totalmente  ejemplares.

Por lo tanto, no entran bajo la responsabilidad del Árbitro algunas cadenas de supermercados también importantes, pero de menor nivel de facturación. Y otra limitación es que los demandantes tienen que ser los proveedores directos, empresas que en algunos casos tienen una relación con los retailers de muchos años, cuando no pertenecen directamente a ellos.

El Árbitro se va a fijar en unas pocas cuestiones de las relaciones de los agentes de la cadena. Principalmente, que la relación esté documentada en un contrato lo más exhaustivo y justo posible, que no se cambien las condiciones de forma retroactiva, y que se pague a tiempo.

El Árbitro tiene que actuar porque uno de los proveedores denuncia una práctica irregular, aunque se reservan cierta potestad para actuar de oficio si ve que hay suficientes evidencias. Cuando se detecta un conflicto, antes de realizar una investigación que puede dar lugar a una infracción se abrirá un proceso de arbitraje, donde las partes puedan aportar sus puntos de vista y llegar a un acuerdo que subsane las pérdidas que la mala práctica haya podido causar.

Si se llega a investigación, el proceso acaba en infracción, al haberse estipulado que las multas deben expresarse en porcentajes de la facturación total del supermercado, los importes pueden ser de aupa.

El Árbitro parece una persona de un enorme sentido común, y piensa que la sombra de la cantidad que pueden alcanzar las multas va a acabar por estimular la colaboración entre las partes ante cualquier conflicto. Habló de sus primeras reuniones con los retailers – que tienen que designar a una persona que sea la que trate con ella directamente cualquier cuestión – y con varias organizaciones de productores. Todas las partes ven con buenos ojos que haya empezado a trabajar, y algunos admitieron un cambio de actitud en las relaciones dentro de la cadena alimentaria, documentandose de forma más comlpeta las condiciones de los contratos, etc.


El árbitro nos cuenta desde su cuenta en Twitter que está pasando unos días en Barcelona!

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